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Ley Vigente

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior. · BOE-A-2013-11941

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-25.

Texto consolidado

A los efectos de esta ley se entiende por:

1. Poderes públicos: la Administración de la Comunidad de Castilla y León, las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León y los entes y organismos públicos que dependen de todas las anteriores.

2. Castellanos y leoneses en el exterior:

a) Los españoles residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Castilla y León y acrediten esta condición en la forma prevista en la legislación estatal, y sus descendientes inscritos como españoles si así lo solicitaren en la forma que determine la ley del Estado.

b) Las personas que teniendo la condición política de ciudadanos de Castilla y León, conforme a lo establecido por el Estatuto de Autonomía, se encuentren desplazados temporalmente fuera del territorio nacional.

3. Ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León: Los castellanos y leoneses en el exterior así como los españoles residentes fuera de la Comunidad que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) Que hayan nacido en Castilla y León.

b) Que al menos durante diez años continuados hayan residido en Castilla y León.

c) Que sean descendientes de los anteriores.

4. Ciudadanos retornados a Castilla y León: Los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León que residan en el extranjero y retornen a España para fijar su residencia en Castilla y León, siempre que ostenten la nacionalidad española antes de su regreso.

5. Actuaciones públicas: todas aquellas acciones, planes, programas y disposiciones normativas que se adopten en el seno de las distintas políticas públicas con el objeto de favorecer, promover y facilitar el ejercicio por los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León de los derechos que les correspondan según la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y la legislación que resulte aplicable en cada caso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-11-25.

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