El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. Deducción por familia numerosa.

Artículo 2 de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-1368

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-30.

Texto consolidado

1. Los contribuyentes que a la fecha de devengo del impuesto tengan reconocida la condición de familia numerosa, de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica las siguientes cantidades:

a) Familias numerosas de categoría general: 200 euros.

b) Familias numerosas de categoría especial: 400 euros

2. Las deducciones serán de 300 y 900 euros, respectivamente, cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar del impuesto, tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento y generen el derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-11-30.

Más artículos de Ley 8/2013

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.