Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 8/2000, de 28 de noviembre, de creación, por segregación, del Colegio Profesional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Aragón. · BOE-A-2001-817
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-02.
Texto consolidado
El ámbito territorial del Colegio Profesional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Aragón será el de la Comunidad Autónoma de Aragón.