Artículo 2. Finalidad.
Artículo 2 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2024-15102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-09-27.
Texto consolidado
La presente ley tiene por finalidad:
a) Garantizar la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León.
b) Garantizar el acceso de la ciudadanía a los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla y León.
c) Promover el enriquecimiento del Patrimonio Cultural de Castilla y León.
d) Los poderes públicos fomentarán la educación en materia de patrimonio cultural y la gestión sostenible del mismo, basada en la participación de la ciudadanía, de los propietarios y agentes sociales, que contribuya al bienestar y a la mejora de la calidad de vida de las personas y al desarrollo social y económico del territorio de Castilla y León.