Artículo 2. Objetivo.
Artículo 2 de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de Creación de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación. · BOE-A-2001-11963
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-13.
Texto consolidado
La Agencia tiene como objetivo ejercer las funciones establecidas por la presente Ley, respecto al fomento de las actuaciones en materia de universidades, investigación e innovación tecnológica, que son competencia de la Generalidad de Cataluña.