Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 7/1998, de 5 de junio, de Artesanía de Cantabria. · BOE-A-1998-19940
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-25.
Texto consolidado
La presente Ley es de aplicación a los artesanos y empresas artesanas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.