El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. Ámbito subjetivo de la Ley.

Artículo 2 de la Ley 6/2010, de 23 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional de Euskadi. · BOE-A-2011-2620

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Texto consolidado

1. Se regirán por lo dispuesto en la presente Ley las campañas institucionales de publicidad y comunicación realizadas por:

a) La Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Las entidades relacionadas en las letras a), b) y c) del apartado 4 del artículo 7 de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.

2. Al Parlamento Vasco, los órganos y comisionados de él dependientes, a las juntas generales y a las demás administraciones públicas vascas, foral y local, a sus consorcios y demás entidades integrantes de sus respectivos sectores públicos, les será de aplicación el capítulo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Más artículos de Ley 6/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.