Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 1 de la Ley 6/2010, de 23 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional de Euskadi. · BOE-A-2011-2620
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Es objeto de esta Ley establecer el régimen jurídico de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación realizadas por las administraciones públicas del País Vasco y las entidades integrantes de su sector público, cualquiera que sea el soporte en el que se realicen.
Queda excluida de la aplicación de esta Ley la publicación y difusión establecida por mandato legal de las disposiciones normativas, resoluciones y actos administrativos o judiciales y demás información sobre actuaciones públicas afectadas por dicho mandato, así como la publicidad que se lleve a cabo en el ejercicio de una actividad comercial, industrial o mercantil.