Artículo 2. Competencias del Principado de Asturias.
Artículo 2 de la Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales. · BOE-A-2002-15998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-01.
Texto consolidado
La conservación, fomento y ordenado aprovechamiento de los recursos de las aguas continentales es competencia de la Administración del Principado de Asturias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.