Artículo 2. Ámbito de actuación.
Artículo 2 de la Ley 6/2000, de 27 de junio, de creación del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Castilla y León. · BOE-A-2000-13531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-06.
Texto consolidado
El ámbito territorial de actuación del Colegio de Fisioterapeutas será el de la Comunidad de Castilla y León.