Artículo 2. Ámbito de actuación.
Artículo 2 de la Ley 6/1997, de 3 de julio, de Creación del Colegio Profesional de Podólogos de Aragón. · BOE-A-1997-18132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-15.
Texto consolidado
El ámbito territorial del Colegio de Podólogos será el de la Comunidad Autónoma de Aragón.