Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. · BOE-A-2007-22295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los Capítulos económicos I a VIII por importe de 314.322.266,91 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por políticas de los créditos de estos programas es la siguiente:
Miles de euros
Justicia
1.564.029,53
Defensa
8.149.354,42
Seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias
8.874.377,17
Política exterior
3.468.485,31
Pensiones
98.011.776,73
Otras prestaciones económicas
14.085.292,38
Servicios sociales y promoción social
2.087.902,11
Fomento del empleo
7.683.831,77
Desempleo
15.777.076,66
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
1.378.397,14
Gestión y administración de la Seguridad Social
11.232.721,48
Sanidad
4.433.817,23
Educación
2.932.624,67
Cultura
1.220.434,53
Agricultura, pesca y alimentación
8.998.640,60
Industria y energía
2.313.355,34
Comercio, turismo y PYMES
1.120.598,14
Subvenciones al transporte
1.816.997,02
Infraestructuras
15.169.728,48
Investigación, desarrollo e innovación
9.427.939,55
Otras actuaciones de carácter económico
690.650,99
Alta dirección
769.199,85
Servicios de carácter general
9.029.351,65
Administración financiera y tributaria
1.627.057,69
Transferencias a otras Administraciones Públicas
65.849.626,47
Deuda Pública
16.609.000,00
Dos. En los estados de ingresos de los Entes a que se refiere el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII
Ingresos no financieros
Capítulo VIII
Activos financieros
Total ingresos
Estado
158.235.809,00
2.797.689,50
161.033.498,50
Organismos autónomos
35.996.892,71
3.145.745,98
39.142.638,69
Seguridad Social
107.255.247,90
916.216,05
108.171.463,95
Agencias estatales
132,02
–
132,02
Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley
125.859,48
85.406,20
211.265,68
Total
301.613.941,11
6.945.057,73
308.558.998,84
Tres. Para las transferencias internas entre los Entes a que se refiere el apartado Uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 18.052.948,73 miles de euros con el siguiente desglose por Entes:
Miles de euros
Transferencias según origen
Transferencias según destino
Estado
Organismos Autónomos
Seguridad Social
Agencias Estatales
Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley
Total
Estado
–
4.509.042,21
6.858.407,90
5.019,85
1.767.465,26
13.139.935,22
Organismos autónomos
357.400,82
144.875,99
–
–
–
502.276,81
Seguridad Social
164.010,08
–
4.246.726,62
–
–
4.410.736,70
Agencias estatales
–
–
–
–
–
–
Organismos del art. 1.e) de la presente Ley
–
–
–
–
–
–
Total
521.410,90
4.653.918,20
11.105.134,52
5.019,85
1.767.465,26
18.052.948,73
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII
Gastos no financieros
Capítulo VIII
Activos financieros
Total gastos
Estado
152.331.104,94
14.981.283,11
167.312.388,05
Organismos autónomos
42.961.052,87
841.623,86
43.802.676,73
Seguridad Social
110.327.825,69
8.948.442,36
119.276.268,05
Agencias estatales
5.151,87
–
5.151,87
Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley
1.977.142,47
1.588,47
1.978.730,94
Total
307.602.277,84
24.772.937,80
332.375.215,64
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado Uno, por importe de 34.892.970,20 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el Anexo I de esta Ley.