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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. · BOE-A-2007-22295

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los Capítulos económicos I a VIII por importe de 314.322.266,91 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por políticas de los créditos de estos programas es la siguiente:

Miles de euros

Justicia

1.564.029,53

Defensa

8.149.354,42

Seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias

8.874.377,17

Política exterior

3.468.485,31

Pensiones

98.011.776,73

Otras prestaciones económicas

14.085.292,38

Servicios sociales y promoción social

2.087.902,11

Fomento del empleo

7.683.831,77

Desempleo

15.777.076,66

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

1.378.397,14

Gestión y administración de la Seguridad Social

11.232.721,48

Sanidad

4.433.817,23

Educación

2.932.624,67

Cultura

1.220.434,53

Agricultura, pesca y alimentación

8.998.640,60

Industria y energía

2.313.355,34

Comercio, turismo y PYMES

1.120.598,14

Subvenciones al transporte

1.816.997,02

Infraestructuras

15.169.728,48

Investigación, desarrollo e innovación

9.427.939,55

Otras actuaciones de carácter económico

690.650,99

Alta dirección

769.199,85

Servicios de carácter general

9.029.351,65

Administración financiera y tributaria

1.627.057,69

Transferencias a otras Administraciones Públicas

65.849.626,47

Deuda Pública

16.609.000,00

Dos. En los estados de ingresos de los Entes a que se refiere el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado

158.235.809,00

2.797.689,50

161.033.498,50

Organismos autónomos

35.996.892,71

3.145.745,98

39.142.638,69

Seguridad Social

107.255.247,90

916.216,05

108.171.463,95

Agencias estatales

132,02

132,02

Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley

125.859,48

85.406,20

211.265,68

Total

301.613.941,11

6.945.057,73

308.558.998,84

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes a que se refiere el apartado Uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 18.052.948,73 miles de euros con el siguiente desglose por Entes:

Miles de euros

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos Autónomos

Seguridad Social

Agencias Estatales

Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley

Total

Estado

4.509.042,21

6.858.407,90

5.019,85

1.767.465,26

13.139.935,22

Organismos autónomos

357.400,82

144.875,99

502.276,81

Seguridad Social

164.010,08

4.246.726,62

4.410.736,70

Agencias estatales

Organismos del art. 1.e) de la presente Ley

Total

521.410,90

4.653.918,20

11.105.134,52

5.019,85

1.767.465,26

18.052.948,73

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Gastos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total gastos

Estado

152.331.104,94

14.981.283,11

167.312.388,05

Organismos autónomos

42.961.052,87

841.623,86

43.802.676,73

Seguridad Social

110.327.825,69

8.948.442,36

119.276.268,05

Agencias estatales

5.151,87

5.151,87

Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley

1.977.142,47

1.588,47

1.978.730,94

Total

307.602.277,84

24.772.937,80

332.375.215,64

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado Uno, por importe de 34.892.970,20 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el Anexo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

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