Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de creación del Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2009-12211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-04.
Texto consolidado
El ámbito territorial del colegio profesional que se crea es el de la Comunitat Valenciana.