Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 5/1997, de 13 de octubre, de Ferias de la Región de Murcia. · BOE-A-1998-3168
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-10-29.
Texto consolidado
Las ferias comerciales que se celebren en la Región de Murcia quedarán sometidas a lo dispuesto en esta Ley y normas que la desarrollen.