Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. · BOE-A-2006-22865
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-18.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los Capítulos económicos I a VIII por importe de 291.191.166,30 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por políticas de los créditos de estos programas es la siguiente:
Núm.
Políticas
Capítulos I a VIII
11
Justicia
1.451.479,22
12
Defensa
7.696.385,63
13
Seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias
8.138.416,89
14
Política exterior
2.287.742,86
21
Pensiones
91.458.177,16
22
Otras prestaciones económicas
12.797.422,61
23
Servicios sociales y promoción social.
1.832.557,83
24
Fomento del empleo
7.286.954,07
25
Desempleo
14.470.660,64
26
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
1.247.555,93
29
Gestión y administración de la Seguridad Social
10.453.334,10
31
Sanidad
4.200.302,24
32
Educación
2.485.480,12
33
Cultura
1.128.299,32
41
Agricultura, pesca y alimentación
8.536.302,69
42
Industria y energía
2.117.280,93
43
Comercio, Turismo y PYMES
1.168.821,04
44
Subvenciones al transporte
1.685.138,93
45
Infraestructuras
14.237.096,35
46
Investigación, desarrollo e innovación.
8.122.756,61
49
Otras actuaciones de carácter económico
643.684,94
91
Alta dirección
715.299,56
92
Servicios de carácter general
8.553.328,89
93
Administración financiera y tributaria.
1.558.381,35
94
Transferencias a otras Administraciones Públicas
60.993.306,39
95
Deuda Pública
15.925.000,00
Total
291.191.166,30
Dos. En los estados de ingresos de los Entes a que se refiere el aparado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII Ingresos no financieros
Capítulo VIII Activos financieros
Total ingresos
Estado
146.065.369,44
997.989,81
147.063.359,25
Organismos autónomos
33.272.434,90
2.431.466,70
35.703.901,60
Seguridad Social
100.147.981,31
632.157,86
100.780.139,17
Agencias estatales
132,02
-
132,02
Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley
110.436,89
72.561,57
182.998,46
Total
279.596.354,56
4.134.175,94
283.730.530,50
Tres. Para las transferencias internas entre los Entes a que se refiere el apartado Uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 16.954.642,42 miles de euros con el siguiente desglose por Entes:
Transferencias según destino
Transferencias según origen
Estado
Organismos Autónomos
Seguridad Social
Agencias Estatales
Organismos del Articulo 1.e) de la presente Ley
Total
Estado
4.928.172,64
6.033.575,29
4.769,33
1.682.785,97
12.649.843,23
Organismos autónomos
319.790,93
134.242,27
-
-
-
454.033,20
Seguridad Social
161.939,63
-
3.688.826,36
-
-
3.850.765,99
Agencias estatales
-
-
-
-
-
-
Organismos del art. 1.e) de la presente Ley
-
-
-
-
-
-
Total
481.730,56
5.062.954,91
9.722.401,65
4.769,33
1.682.785,97
16.954.642,42
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII Gastos no financieros
Capítulo VIII Activos financieros
Total gastos
Estado
142.927.390,00
12.112.071,70
155.039.461,70
Organismos autónomos
40.236.669,31
573.767,88
40.810.437,19
Seguridad Social
102.118.514,39
8.306.709,66
110.425.224,05
Agencias estatales
4.901,35
-
4.901,35
Organismos del artículo 1.e) de la presente Ley
1.864.056,89
1.727,54
1.865.784,43
Total
287.151.531,94
20.994.276,78
308.145.808,72
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado Uno, por importe de 33.772.449,19 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el Anexo I de esta Ley.