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Ley Vigente

Artículo 2. Ámbito territorial.

Artículo 2 de la Ley 4/2018, de 4 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ambientólogos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2018-8851

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-12.

Texto consolidado

El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Ambientólogos que se crea mediante la presente ley es el de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-12.

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