Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos de ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990. · BOE-A-1990-15347
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-30.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los Presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior se aprueban créditos en los capítulos económicos 1 a VIII por importe de 18.131.905.476 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:
Funciones
Capítulos I a VIII
Alta Dirección del Estado y del Gobierno
25.199.103
Administración General
35.556.840
Relaciones Exteriores
77.682.944
Justicia
173.019.819
Protección y Seguridad Nuclear
4.509.693
Defensa
815.251.592
Seguridad y Protección Civil
454.084.813
Seguridad y Protección Social
6.585.276.289
Promoción Social
405.087.903
Sanidad
1.854.816.521
Educación
824.313.421
Vivienda y Urbanismo
91.903.195
Bienestar Comunitario
19.224.768
Cultura
86.018.902
Otros Servicios Comunitarios y Sociales
27.568.769
Infraestructuras Básicas y Transportes
1.091.686.716
Comunicaciones
149.506.391
Infraestructuras Agrarias
59.018.587
Investigación Científica, Técnica y Aplicada
208.252.972
Información Básica y Estadística
28.267.054
Regulación económica
267.661.406
Regulación comercial
35.346.608
Regulación financiera
364.427.466
Agricultura, Ganadería y Pesca
378.113.830
Industria
131.375.203
Energía
9.550.999
Minería
60.796.986
Turismo
21.670.127
Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales
2.008.312.107
Relaciones financieras y transferencias a la CEE
383.653.000
Gastos financieros de la Deuda Pública
1.454.751.452
Total
18.131.905.476
Dos. En los Estados de Ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes y capítulos económicos
Capítulos I a VII
–
Ingresos no financieros
Capítulo VIII
–
Activos financieros
Total ingresos
Estado
10.235.773.864
124.980.000
10.360.753.864
Organismos Autónomos Administrativos
1.088.164.792
116.251.396
1.204.416.188
Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
650.404.644
800.224
651.204.868
Seguridad Social
4.842.979.339
8.813.306
4.851.792.645
Consejo de Seguridad Nuclear
3.551.126
1.133.226
4.684.352
Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
1.452.425
–
1.452.425
Instituto Español de Comercio Exterior
1.179.890
344.055
1.523.945
Total
16.823.506.080
252.322.207
17.075.828.287
Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo, se conceden créditos por importe de 3.044.833.709 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:
(Miles de pesetas)
Transferencias según origen y destino
Estado
Organismos Autónomos Administrativos
Organismos Autónomos Comerciales
Seguridad Social
Consejo
Seguridad
Nuclear
Consejo Admón. Patrimonio Nacional
Instituto Español de Comercio Exterior
Total
Estado.
-
788.086.567
161.278.101
1.602.195.344
55.341
6.935.000
18.346.116
2.576.896.469
Organismos Autónomos Administrativos.
11.300.000
200.000
-
346.000
-
-
-
11.846.000
Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.
243.600.000
378.000
15.164.106
-
-
-
-
259.142.106
Seguridad Social.
71.326.136
-
-
125.622.998
-
-
-
196.949.134
Consejo de Seguridad Nuclear.
-
-
-
-
-
-
-
Consejo Admón. del Patrim. Nacional.
-
-
-
-
-
-
-
-
Instituto Español de Comercio Exterior.
-
-
-
-
-
-
-
-
Radio Televisión Española.
-
-
-
-
-
-
-
-
Total
326.226.136
788.664.567
176.442.207
1.728.164.342
55.341
6.935.000
18.346.116
3.044.833.709
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes y capítulos económicos
Capítulos I a VII
–
Gastos no financieros
Capítulo VIII
–
Activos financieros
Total gastos
Estado
11.418.452.862
313.551.336
11.732.004.198
Organismos Autónomos Administrativos
1.966.215.786
27.082.621
1.993.298.407
Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
835.612.228
3.216.804
838.829.032
Seguridad Social
6.548.858.014
30.984.155
6.579.842.169
Consejo de Seguridad Nuclear
4.481.693
28.000
4.509.693
Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
8.383.625
2.000
8.385.625
Instituto Español de Comercio Exterior
19.870.061
–
19.870.061
Total
20.801.874.269
374.864.916
21.176.739.185
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se autorizan créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 998.518.884 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el Anexo 1 de esta Ley.