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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos de ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990. · BOE-A-1990-15347

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-30.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los Presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior se aprueban créditos en los capítulos económicos 1 a VIII por importe de 18.131.905.476 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Funciones

Capítulos I a VIII

Alta Dirección del Estado y del Gobierno

25.199.103

Administración General

35.556.840

Relaciones Exteriores

77.682.944

Justicia

173.019.819

Protección y Seguridad Nuclear

4.509.693

Defensa

815.251.592

Seguridad y Protección Civil

454.084.813

Seguridad y Protección Social

6.585.276.289

Promoción Social

405.087.903

Sanidad

1.854.816.521

Educación

824.313.421

Vivienda y Urbanismo

91.903.195

Bienestar Comunitario

19.224.768

Cultura

86.018.902

Otros Servicios Comunitarios y Sociales

27.568.769

Infraestructuras Básicas y Transportes

1.091.686.716

Comunicaciones

149.506.391

Infraestructuras Agrarias

59.018.587

Investigación Científica, Técnica y Aplicada

208.252.972

Información Básica y Estadística

28.267.054

Regulación económica

267.661.406

Regulación comercial

35.346.608

Regulación financiera

364.427.466

Agricultura, Ganadería y Pesca

378.113.830

Industria

131.375.203

Energía

9.550.999

Minería

60.796.986

Turismo

21.670.127

Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales

2.008.312.107

Relaciones financieras y transferencias a la CEE

383.653.000

Gastos financieros de la Deuda Pública

1.454.751.452

Total

18.131.905.476

Dos. En los Estados de Ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes y capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado

10.235.773.864

124.980.000

10.360.753.864

Organismos Autónomos Administrativos

1.088.164.792

116.251.396

1.204.416.188

Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

650.404.644

800.224

651.204.868

Seguridad Social

4.842.979.339

8.813.306

4.851.792.645

Consejo de Seguridad Nuclear

3.551.126

1.133.226

4.684.352

Consejo de Administración del Patrimonio Nacional

1.452.425

1.452.425

Instituto Español de Comercio Exterior

1.179.890

344.055

1.523.945

Total

16.823.506.080

252.322.207

17.075.828.287

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo, se conceden créditos por importe de 3.044.833.709 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:

(Miles de pesetas)

Transferencias según origen y destino

Estado

Organismos Autónomos Administrativos

Organismos Autónomos Comerciales

Seguridad Social

Consejo

Seguridad

Nuclear

Consejo Admón. Patrimonio Nacional

Instituto Español de Comercio Exterior

Total

Estado.

-

788.086.567

161.278.101

1.602.195.344

55.341

6.935.000

18.346.116

2.576.896.469

Organismos Autónomos Administrativos.

11.300.000

200.000

-

346.000

-

-

-

11.846.000

Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos.

243.600.000

378.000

15.164.106

-

-

-

-

259.142.106

Seguridad Social.

71.326.136

-

-

125.622.998

-

-

-

196.949.134

Consejo de Seguridad Nuclear.

-

-

-

-

-

-

-

Consejo Admón. del Patrim. Nacional.

-

-

-

-

-

-

-

-

Instituto Español de Comercio Exterior.

-

-

-

-

-

-

-

-

Radio Televisión Española.

-

-

-

-

-

-

-

-

Total

326.226.136

788.664.567

176.442.207

1.728.164.342

55.341

6.935.000

18.346.116

3.044.833.709

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

(Miles de pesetas)

Entes y capítulos económicos

Capítulos I a VII

Gastos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total gastos

Estado

11.418.452.862

313.551.336

11.732.004.198

Organismos Autónomos Administrativos

1.966.215.786

27.082.621

1.993.298.407

Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos

835.612.228

3.216.804

838.829.032

Seguridad Social

6.548.858.014

30.984.155

6.579.842.169

Consejo de Seguridad Nuclear

4.481.693

28.000

4.509.693

Consejo de Administración del Patrimonio Nacional

8.383.625

2.000

8.385.625

Instituto Español de Comercio Exterior

19.870.061

19.870.061

Total

20.801.874.269

374.864.916

21.176.739.185

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se autorizan créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 998.518.884 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el Anexo 1 de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-06-30.

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