Artículo 2. Relaciones con la Administración General del Estado.
Artículo 2 de la Ley 31/1999, de 8 de octubre, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Forestales. · BOE-A-1999-20062
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-29.
Texto consolidado
El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Forestales se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Medio Ambiente.