Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 3/2019, de 21 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias. · BOE-A-2019-4295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-09.
Texto consolidado
El ámbito territorial del colegio profesional es el de la Comunidad Autónoma de Canarias.