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Ley Vigente

Artículo 2. Plazo máximo para notificar la resolución en los procedimientos sancionadores.

Artículo 2 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas. · BOE-A-2017-11784

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-26.

Texto consolidado

1. El plazo máximo para notificar la resolución expresa de los procedimientos sancionadores en aquellas materias cuya competencia sea de la Administración de la Junta y no cuenten con un plazo de resolución expreso superior, será de nueve meses a contar desde la fecha del acuerdo de su iniciación.

2. El plazo previsto en el apartado anterior se podrá suspender cuando sea requerido el interesado para proceder al alta en la plataforma de notificaciones telemáticas por el tiempo que medie entre el requerimiento y su efectivo cumplimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-09-26.

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