Artículo 2. Naturaleza.
Artículo 2 de la Ley 3/2015, de 23 de marzo, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja. · BOE-A-2015-4030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.
Texto consolidado
La Cámara es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas legalmente, bajo la tutela de la Administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en adelante Administración tutelante, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las administraciones públicas, y especialmente con el Gobierno de La Rioja, sin menoscabo de los intereses privados que persigue. Su estructura y funcionamiento deberán ser democráticos.