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Ley Vigente

Artículo 2. Objeto.

Artículo 2 de la Ley 3/2005, de 8 de julio, de información sanitaria y autonomía del paciente. · BOE-A-2005-13470

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-08-05.

Texto consolidado

1. La presente Ley tiene por objeto regular los derechos y obligaciones en materia de información relativa a la salud y documentación clínica.

2. Asimismo, es objeto de la presente Ley garantizar el principio de autonomía de la decisión del paciente en relación a cualquier actuación sanitaria concerniente a su salud.

3. De la misma forma es objeto de la presente Ley crear órganos de carácter consultivo como el Consejo Asesor de Bioética y el Comité Autonómico de Ensayos Clínicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-08-05.

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