Artículo 2. Objeto.
Artículo 2 de la Ley 28/2002, de 30 de diciembre, de creación del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán. · BOE-A-2003-2409
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-17.
Texto consolidado
El objeto del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán es el desarrollo integral y la promoción de las comarcas de Alta Ribagorça, Alt Urgell, Cerdanya, Pallars Jussà, Pallars Sobirà y Valle de Arán. Las funciones de este Instituto han de ir encaminadas, en cualquier caso, al impulso y la ejecución de iniciativas y a la elaboración de programas de actuación que contribuyan a dicho desarrollo integral.