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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002. · BOE-A-2001-24964

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los Capítulos económicos I a VIII por importe de 214.208.303,27 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:

En miles de euros

Funciones

Capítulos I a VIII

Alta Dirección del Estado y del Gobierno

361.209,24

Administración General

478.258,46

Relaciones Exteriores

946.086,05

Justicia

1.110.662,58

Protección y Seguridad Nuclear

36.049,83

Defensa

6.158.460,48

Seguridad y Protección Civil

5.045.230,33

Seguridad y Protección Social

88.949.259,86

Promoción Social

5.235.419,41

Sanidad

13.870.669,48

Educación

1.670.423,60

Vivienda y Urbanismo

657.350,47

Bienestar Comunitario

437.382,28

Cultura

769.809,55

Otros Servicios Comunitarios y Sociales

58.411,08

Infraestructuras Básicas y Transportes

8.924.906,52

Comunicaciones

226.310,68

Infraestructuras Agrarias

424.527,20

Investigación Científica, Técnica y Aplicada

3.791.953,89

Información Básica y Estadística

322.260,63

Regulación económica

2.506.056,25

Regulación financiera

2.114.853,26

Agricultura, Pesca y Alimentación

7.509.145,63

Industria

723.295,07

Energía

26.422,75

Minería

1.126.748,25

Turismo

128.707,86

Comercio

969.828,68

Transferencias a Admones. Públicas Territoriales

33.812.200,13

Relaciones financieras con la Unión Europea

8.086.546,69

Deuda Pública

17.729.857,08

Dos. En los estados de ingresos de los Entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:

Miles de euros

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado

108.457.765,77

568.067,36

109.025.833,13

Organismos autónomos

26.754.725,80

1.436.948,85

28.191.674,65

Seguridad Social

68.455.686,93

133.063,97

68.588.750,90

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

71.106,82

17.798,26

88.905,08

Total

203.739.285,32

2.155.878,44

205.895.163,76

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 24.055.351,30 miles de euros con el siguiente desglose por Entes:

Miles de euros

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos Autónomos

Seguridad Social

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

Total

Estado

3.430.839,61

14.828.219,11

1.193.083,24

19.452.141,96

Organismos autónomos

2.011.838,68

75.064,58

2.086.903,26

Seguridad Social

150.125,33

7.813,16

2.358.367,59

2.516.306,08

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley.

Total

2.161.964,01

3.513.717,35

17.186.586,70

1.193.083,24

24.055.351,30

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:

Miles de euros

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

gastos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total gastos

Estado

114.294.490,85

5.278.460,72

119.572.951,57

Organismos autónomos

30.767.957,12

942.636,10

31.710.593,22

Seguridad Social

81.770.903,19

3.927.218,27

85.698.121,46

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

1.281.340,49

647,83

1.281.988,32

Total

228.114.691,65

10.148.962,92

238.263.654,57

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 24.711.518,79 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

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