Artículo 2. Fines.
Artículo 2 de la Ley 21/2022, de 19 de octubre, de creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto. · BOE-A-2022-17100
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.
Texto consolidado
La compensación para las víctimas del amianto tiene por objeto la reparación íntegra de los daños y perjuicios sobre la salud resultantes de una exposición al amianto padecidos por toda persona en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España, así como a sus causahabientes en los términos establecidos en la presente ley.#df-10
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo..