Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 2/2017, de 9 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2017-7176
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-23.
Texto consolidado
El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas que se crea mediante la presente Ley es el de la Comunidad de Madrid.