Artículo 2. Ámbito de actuación.
Artículo 2 de la Ley 2/2000, de 10 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Podólogos de Castilla y León. · BOE-A-2000-10566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-05-20.
Texto consolidado
El ámbito territorial de actuación del Colegio de Podólogos será el de la Comunidad de Castilla y León.