Artículo 2. Naturaleza.
Artículo 2 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón. · BOE-A-1998-8294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-04-09.
Texto consolidado
Los Colegios Profesionales y los Consejos de Colegios de Aragón son corporaciones de Derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.