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Ley Vigente

Artículo 2. Funciones, competencias y actividades.

Artículo 2 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. · BOE-A-1995-12749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-08-01.

Texto consolidado

Corresponde a la Gerencia:

a) La organización, gestión, desarrollo, control y coordinación de centros, establecimientos, prestaciones y programas de Servicios Sociales, según se establece en el artículo 32 de la Ley 18/1988, de Acción Social y Servicios Sociales, que le sean encomendados por la Junta de Castilla y León.

b) El desarrollo de las actividades, actuaciones y programas que establecidas en los Planes Regionales de Servicios Sociales, le encomiende la Junta de Castilla y León.

c) Cualquier otra que le pudiera ser encomendada por la Junta de Castilla y León y la Consejería de Sanidad y Bienestar Social en materia de servicios sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-08-01.

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