Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 14/2002, de 10 de junio, de creación del Colegio Profesional de Delineantes de Huesca. · BOE-A-2002-13251
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-18.
Texto consolidado
El Colegio Profesional de Delineantes de Huesca desarrollará su actividad en el ámbito territorial de la provincia de Huesca.