Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 13/2016, de 26 de julio, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Galicia. · BOE-A-2016-8273
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-18.
Texto consolidado
El ámbito de actuación del Colegio es el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.