Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 13/2001, de 8 de octubre, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de las Illes Balears. · BOE-A-2001-21722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-10-14.
Texto consolidado
El Colegio Profesional de Logopedas de las Illes Balears agrupa a los que están en posesión de la titulación de diplomado en Logopedia de acuerdo al Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto.