El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001. · BOE-A-2000-24265

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 35.809.515.645 miles de pesetas (215.219.523,99 miles de euros), según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Miles de pesetas

Miles de euros

Alta Dirección del Estado y del Gobierno

51.156.352

307.456,04

Administración General

76.393.705

459.135,42

Relaciones Exteriores

151.115.279

908.221,13

Justicia

173.308.109

1.041.602,79

Protección y Seguridad Nuclear .

5.631.968

33.848,88

Defensa

976.280.029

5.867.561,22

Seguridad y Protección Civil

802.117.315

4.820.822,16

Seguridad y Protección Social

13.697.649.072

82.324.528,90

Promoción Social

834.429.156

5.015.020,24

Sanidad

4.731.569.987

28.437.308,37

Educación

255.018.951

1.532.694,84

Vivienda y Urbanismo

110.037.113

661.336,32

Bienestar Comunitario

64.872.744

389.893,01

Cultura

130.711.410

785.591,15

Otros Servicios Comunitarios y Sociales

12.326.339

74.082,79

Infraestructuras Básicas y Transportes

1.386.671.263

8.334.062,12

Comunicaciones

37.455.994

225.115,04

Infraestructuras Agrarias

77.585.024

466.295,34

Investigación Científica, Técnica y Aplicada

585.942.422

3.521.584,97

Información Básica y Estadística

55.176.484

331.617,45

Regulación económica

359.913.424

2.163.123,35

Regulación financiera

307.640.094

1.848.954,30

Agricultura, Pesca y Alimentación

1.238.136.968

7.441.353,00

Industria

124.954.792

750.993,41

Energía

4.327.375

26.008,04

Minería

164.790.473

990.410,68

Turismo

17.783.488

106.880,92

Comercio

145.954.434

877.203,85

Transferencias a Admones. Públicas Territoriales

5.161.921.881

31.023.775,34

Relaciones financieras con la Unión Europea

1.233.644.000

7.414.349,76

Deuda Pública

2.835.000.000

17.038.693,16

Dos. En los estados de ingresos de los entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:

Miles de pesetas

(Miles de euros)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado

19.799.099.290

96.586.489

19.895.685.779

(118.994.983,27)

(580.496,49)

(119.575.479,76)

Organismos autónomos

4.186.416.296

184.620.710

4.371.037.006

(25.160.868,68)

(1.109.592,77)

(26.270.461,45)

Seguridad Social

10.543.936.102

20.908.119

10.564.844.221

(63.370.332,27)

(125.660,33)

(63.495.992,60)

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

13.003.625

8.963.453

21.967.078

(78.153,32)

(53.871,44)

(132.024,76)

Total

34.542.455.313

311.078.771

34.853.534.084

(207.604.337,54)

(1.869.621,03)

(209.473.958,57)

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 6.972.665.278 miles de pesetas (41.906.562,27 miles de euros), con el siguiente desglose por entes:

Miles de pesetas

(Miles de euros)

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos autónomos

Seguridad Social

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

Total

Estado

555.760.235

5.195.036.456

139.645.820

5.890.442.511

(3.340.186,25)

(31.222.797,91)

(839.288,28)

(35.402.272,44)

Organismos autónomos

321.326.053

11.980.635

333.306.688

(1.931.208,47)

(72.005,08)

(2.003.213,55)

Seguridad Social

332.859.573

1.300.000

414.756.506

748.916.079

(2.000.526,32)

(7.813,16)

(2.492.736,80)

(4.501.076,28)

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

Total

654.185.626

569.040.870

5.609.792.962

139.645.820

6.972.665.278

(3.931.734,79)

(3.420.004,49)

(33.715.534,71)

(839.288,28)

(41.906.562,27)

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

Miles de pesetas

(Miles de euros)

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII Gastos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total gastos

Estado

20.693.949.308

828.581.906

21.522.531.214

(124.373.140,80)

(4.979.877,55)

(129.353.018,35)

Organismos autónomos

4.857.306.644

78.957.986

4.936.264.630

(29.193.000,59)

(474.547,06)

(29.667.547,65)

Seguridad Social

15.769.608.901

392.163.280

16.161.772.181

(94.777.258,33)

(2.356.948,76)

(97.134.207,09)

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

161.532.398

80.500

161.612.898

(970.829,34)

(483,83)

(971.313,17)

Total

41.482.397.251

1.299.783.672

42.782.180.923

(249.314.229,06)

(7.811.857,20)

(257.126.086,26)

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 3.587.665.900 miles de pesetas, (21.562.306,31 miles de euros), cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

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