El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2.

Artículo 2 de la Ley 11/1986, de 20 de noviembre, por la que se reconoce la personalidad jurídica de la parroquia rural. · BOE-A-1987-773

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-24.

Texto consolidado

El reconocimiento de la personalidad jurídica de la parroquia rural a cada grupo social asentado en un ámbito territorial determinado exigirá la existencia de un núcleo vecinal definido, separado de los que se integran en el Consejo, en el que concurran intereses propios, distintos de los generales de la Entidad municipal, o el disfrute comunitario de bienes patrimoniales no municipales, aunque no se hallen sometidos al régimen de «montes vecinales en mano comúm», regulado por la Ley 55/1980, de 11 de noviembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-24.

Más artículos de Ley 11/1986

En El Vínculo puedes leer Ley 11/1986 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.