Artículo 2. Titularidad.
Artículo 2 de la Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León. · BOE-A-2009-809
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-15.
Texto consolidado
La titularidad de las carreteras objeto de esta ley corresponde, según los casos, a la Comunidad de Castilla y León, a las provincias o a los municipios y demás entidades locales.