Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales. · BOE-A-2024-11613
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-28.
Texto consolidado
1. Lo previsto en el título I de esta ley será de aplicación a las enseñanzas artísticas superiores.
2. Lo previsto en el título II será de aplicación a las enseñanzas artísticas profesionales.
3. Lo previsto en el título III será de aplicación tanto a las enseñanzas artísticas superiores como a las profesionales.
4. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta ley las enseñanzas de carácter artístico impartidas en el marco de la enseñanza universitaria, así como las no conducentes a titulación o acreditación académica oficial.