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Ley Vigente

Artículo 2. Medidas relativas al Impuesto Medioambiental sobre las grandes áreas de venta en el ejercicio 2020.

Artículo 2 de la Ley 1/2020, de 9 de julio, por la que se establecen medidas excepcionales para el ejercicio 2020 en determinados tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2020-9448

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-18.

Texto consolidado

Durante el ejercicio 2020, los establecimientos cuya parte de negocio dedicado a la venta minorista de productos de higiene y alimentación ocupe menos del 80 % de su superficie o cuyo negocio no sea la venta minorista de tales productos podrán aplicarse, en la cuota tributaria del Impuesto Medioambiental sobre las grandes áreas de venta, una bonificación del 20 %.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-18.

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