Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2018-7516
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.
Texto consolidado
1. Esta Ley será de aplicación a los Cuerpos de policía local constituidos en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, y a los agentes auxiliares en lo relativo a principios generales de actuación y funciones atribuidas en la Ley de Bases del Régimen Local y en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. Asimismo, será de aplicación, en lo que proceda, a los alumnos que se encuentren realizando cursos selectivos y de formación en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-7343.