El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. Fines y medios.

Artículo 2 de la Ley 1/2010, de 7 de enero, del Consejo Social de la Universidad de Extremadura. · BOE-A-2010-1712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-02-01.

Texto consolidado

Corresponde al Consejo Social de la Universidad de Extremadura:

1. Fomentar y apoyar la colaboración entre la sociedad y la Universidad, y, en especial, promover las relaciones entre la Universidad y su entorno cultural, profesional, económico y social, al servicio de la calidad de la actividad universitaria. A tal fin, el Consejo Social aprobará un plan anual de actuaciones destinado a promover las citadas relaciones.

2. Promover la adecuación de la oferta de enseñanzas universitarias y de las actividades culturales, científicas y de investigación a las necesidades de la sociedad extremeña.

3. Supervisar las actividades de carácter económico de la Universidad y el rendimiento de sus servicios.

4. Promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la Universidad, canalizando y adoptando, en el marco de la legislación vigente, las iniciativas de apoyo económico y mecenazgo a la Universidad por parte de personas físicas y entidades de carácter público y privado. Las anteriores iniciativas tendrán contenido propio y se contemplarán en el plan anual de actuaciones previsto en el párrafo primero.

5. Disponer de la oportuna información y asesoramiento del órgano de evaluación de la calidad universitaria de la Comunidad Autónoma y de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-02-01.

Más artículos de Ley 1/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.