Artículo 2. Fines y funciones.
Artículo 2 de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura. · BOE-A-2008-10058
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-27.
Texto consolidado
El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) bajo la supervisión y control de la Consejería u órgano competente en materia de dependencia, desarrollará las siguientes funciones:
a) Planificación, organización, dirección y gestión de los centros y los servicios socio-sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional.
b) Promoción de la autonomía personal.
c) Prestación de la atención a la dependencia.
d) Planificación, organización, dirección y gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.
e) Aquellas que se le atribuyan reglamentariamente.