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Ley Vigente

Artículo 2. Fines y funciones.

Artículo 2 de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura. · BOE-A-2008-10058

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-27.

Texto consolidado

El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) bajo la supervisión y control de la Consejería u órgano competente en materia de dependencia, desarrollará las siguientes funciones:

a) Planificación, organización, dirección y gestión de los centros y los servicios socio-sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional.

b) Promoción de la autonomía personal.

c) Prestación de la atención a la dependencia.

d) Planificación, organización, dirección y gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.

e) Aquellas que se le atribuyan reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-05-27.

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