Artículo 2. Noción de conflicto de intereses.
Artículo 2 de la Ley 1/2008, de 2 de julio, reguladora de los conflictos de intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración de Cantabria. · BOE-A-2008-12490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-10.
Texto consolidado
A los efectos de esta Ley, existe conflicto de intereses cuando los altos cargos intervienen en decisiones relacionadas con asuntos en los que confluyen intereses de su puesto público con intereses privados propios o de familiares en los términos previstos en la presente Ley, o intereses compartidos con terceras personas.