Artículo 2. Principios generales.
Artículo 2 de la Ley 1/2005, de 16 de mayo, de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2005-9402
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-25.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria promoverá las actuaciones tendentes a garantizar, reconocer y proteger a las parejas de hecho a partir de los siguientes principios:
a) Respeto a las personas y a su libertad de opción sexual.
b) Igualdad y no discriminación de las personas por razón del modelo de familia del que formen parte.
c) Respeto a la identidad sexual de las personas.
d) Autonomía de cada componente de la pareja de hecho en la constitución de los derechos y obligaciones derivados de la unión, con respeto en cualquier caso de los intereses de las personas menores de edad a su cargo.
e) Información en los ámbitos educativos y de proyección social sobre la coexistencia de diferentes modelos de familia.