Artículo 2.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-11.
Texto consolidado
A las solicitudes de reconocimiento de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas que, no hubieran sido resueltas con carácter definitivo al tiempo de la entrada en vigor del presente Decreto-Ley, le será de aplicación la normativa vigente con anterioridad a la citada Ley.
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