Artículo 2. Hecho imponible.
Artículo 2 del Decreto Legislativo 1/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del canon de saneamiento de aguas. · BOE-A-2016-4956
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-08.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible del canon el vertido de aguas residuales manifestado a través del consumo real, potencial o estimado de aguas de cualquier procedencia, salvo las aguas pluviales recogidas en aljibes o cisternas.