Artículo 2. Objeto del Instituto.
Artículo 2 del Decreto Legislativo 1/2003, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro. · DOGC-f-2003-90001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-18.
Texto consolidado
El objetivo principal del Instituto es el desarrollo integral de las comarcas del Ebro. Todas las funciones del Instituto deben ir encaminadas a conseguir el impulso y la realización de iniciativas y de programas de actuación que contribuyan a este desarrollo.