Artículo 199.
Artículo 199 del Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos. · BOE-A-1998-5934
Atención: Real Decreto 230/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cualquier operación traslativa de la propiedad o simple posesión de las materias reglamentadas que no se ajuste a lo dispuesto en los artículos precedentes se considerará ilícita, exigiéndose la responsabilidad que legalmente corresponda tanto al comprador o cesionario como al vendedor o cedente.