El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 197. Sistemas de actuación integrada.

Artículo 197 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-06.

Texto consolidado

Las actuaciones integradas se desarrollarán mediante alguno de los siguientes sistemas:

1. De iniciativa privada:

a) Sistema de concertación directa.

b) Sistema de concertación indirecta.

c) Sistema de compensación.

2. De iniciativa pública:

a) Sistema de cooperación.

b) Sistema de concurrencia.

c) Sistema de expropiación.

d) Sistema de ocupación directa.

Corresponde a la Administración actuante establecer el sistema de actuación aplicable según las necesidades, medios económico-financieros con que cuente, colaboración de la iniciativa privada y demás circunstancias que concurran, dando preferencia a los sistemas de iniciativa privada, salvo que razones de interés público demanden los sistemas de iniciativa pública.

No obstante, el sistema adoptado podrá ser objeto de modificación, de oficio o a solicitud de los interesados, mediante el procedimiento establecido en el artículo 166 de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-06.

Más artículos de Ley 13/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.