Artículo 196.
Artículo 196 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.
Texto consolidado
A efectos de la organización laboral de trabajo entre los distintos sectores, se formalizarán las plantillas de trabajadores necesarias para el desarrollo de la actividad laboral.