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Ley Vigente

Artículo 196. Composición del Inventario general de bienes y derechos.

Artículo 196 de la Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2023-24124

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-03.

Texto consolidado

1. El inventario general comprenderá la relación de los siguientes bienes y derechos:

a) Los bienes inmuebles y derechos reales de titularidad de la Administración general de la Comunidad Autónoma.

b) Los derechos de arrendamiento y cualquier otro de carácter personal en virtud de los que se atribuya a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia el uso o disfrute de inmuebles ajenos.

c) Los valores mobiliarios y los títulos representativos de acciones y participaciones en el capital de sociedades mercantiles o de obligaciones emitidas por estas de titularidad de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Los bienes muebles y los derechos de propiedad incorporal de la Administración general de la Comunidad Autónoma.

e) Los bienes y derechos de las entidades públicas instrumentales.

2. Las relaciones de cada uno de los apartados anteriores se configurarán como inventarios independientes que se integrarán en el inventario general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-03.

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