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Ley Vigente

Artículo 196. Funciones de los vocales.

Artículo 196 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. · BOE-A-2013-11692

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

1. Corresponde a los vocales del Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja la redacción de las ponencias de resolución y de los fallos, una vez haya recaído acuerdo aprobatorio del Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja.

2. Los vocales están obligados a asistir a las sesiones del Tribunal, participando en las deliberaciones previas a la adopción de las resoluciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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